VENTA QUARTIER DEMARIA 4 AMBINETES
3 DORMITORIOS
UNO DE ELLOS EN SUITE CON VESTIDOR
SEGUNDO Y TERCER DORMITORIO TODOS CON PLACARES FRENTES ESPEJADOS
SEGUNDO BAÑO COMPLETO. AMBOS BAÑOS RECICLADOS A NUEVO EN 2020
LIVING COMEDOR CON PISOS DE PARQUET
TOILETTE RECICLADO EN 2020
COCINA CON COMEDOR DIARIO
TODOS LOS AMBIENTES CON VENTANALES. VISTA ABIERTA. 100% LUZ NATURAL
AMPLIO BALCON APROVECHADO EN LA ACTUALIDAD COMO PLAYROOM
DEPENDENCIA DE SERVICIO
AMPLIO LAVADERO CON MUCHO ESPACIO PARA LAVARROPAS, SECARROPAS, FREEZER
COCHERA FIJA CUBIERTA
Bodega en el mismo piso
AGUA CALIENTE Y CALEFACCION INDIVIDUAL
FULL AMENITIES
PILETA CON SOLARIUM Y SERVICIO DE TOALLAS
PARRILLA PARA 30 PERSONAS
SALON DE FIESTAS HASTA 150 PERSONAS
CANCHA DE FUTBOL 5
CANCHA DE TENIS
2 CANCHAS DE PADDLE
BAR
GYM
JUEGOS PARA NIÑOS EN INTERIOR Y EXTERIOR
SALA DE MASAJES
SEGURIDAD 24 HS
SERVICIO DE MANTENIMIENTO 24 HS
10 COCHERAS DE CORTESIA
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Se deja constancia que las medidas, superficies, y m2 consignados son aproximados, sujetos a verificación por el interesado en adquirir. El precio del Inmueble puede ser modificado sin previo aviso. Fotos de carácter no contractual. Aviso en preparacion.
"En cumplimiento de la ley 2340 , Ley de la Prov de Bs As, Ley Nacional de lealtad comercial, Ley de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes NO ejercen corretaje Inmobiliario. Todas las Operaciones Inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de los martilleros y corredores colegiados, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la Inmobiliaria"
La Publicación de este Inmueble es a solo título informativo, pues la venta de la Propiedad está supeditada a que el Propietario cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del n° de COTI correspondiente, para dar cumplimiento a la resolución general nro. 2371 de AFIP.
Los datos exactos constan en los correspondientes documentos legales, los cuales se encuentran disponibles. Todas las propiedades son aptas discapacitados, salvo que se aclare especialmente lo contrario.
LEY 5859 Art. 4 Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes. Art. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.
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Conforme Ley 2340 subsiguientes y concordantes se hace saber debida inscripción C.P.I. 6 6 6 9 . Convenios de colaboracion con colegas profesionales internacionales se aplican de conformidad con la legislacion vigente.