DESCRIPCIÓN
** FINANCIACION PROPIA **
VENTA PALERMO 2 AMBIENTES TIPO LOFT. LIMITE ENTRE PALERMO HOLLYWOOD Y COLEGIALES.
MODERNO DEPARTAMENTO DE 2 AMBIENTES EN ENRIQUE MARTINEZ Y SANTOS DUMONT
BALCON AL FRENTE
DOBLE ALTURA. PURA LUZ
PB. LIVING COMEDOR. COCINA. PLACARD RECIBIDOR. BALCON
PLANTA ALTA. DORMITORIO ESTILO LOFT. PLACAR DE PARED A PARED CON FRENTES ESPEJADOS. BAÑO COMPLETO
COMPLEJO CON 2 TORRES. EL DEPTO SE ENCUENTRA EN LA TORRE MAFALDA
COCHERA FIJA CUBIERTA EN SUBSUELO
BAULERA
SEGURIDAD 24 HS
CALEFACCION POR LOSA RADIANTE INDIVIDUAL
AA SPLIT
FULL AMENITIES. PISCINA-PISTA DE RUNNING- SUM - GYM - LAUNDRY - SAUNA SECO - TERRAZA CON MOBILIARIO - JUEGOS PARA NIÑOS - ESPACIO LAVA COCHES
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Se deja constancia que las medidas, superficies, y m2 consignados son aproximados, sujetos a verificación por el interesado en adquirir. El precio del Inmueble puede ser modificado sin previo aviso. Fotos de carácter no contractual. Aviso en preparacion.
"En cumplimiento de la ley 2340 , Ley de la Prov de Bs As, Ley Nacional de lealtad comercial, Ley de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la Nación y Constitucionales, los agentes NO ejercen corretaje Inmobiliario. Todas las Operaciones Inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte de los martilleros y corredores colegiados, cuyos datos se exhiben debajo del nombre de la Inmobiliaria"
La Publicación de este Inmueble es a solo título informativo, pues la venta de la Propiedad está supeditada a que el Propietario cumplimente el trámite ante la AFIP para la obtención del n° de COTI correspondiente, para dar cumplimiento a la resolución general nro. 2371 de AFIP.
Los datos exactos constan en los correspondientes documentos legales, los cuales se encuentran disponibles. Todas las propiedades son aptas discapacitados, salvo que se aclare especialmente lo contrario.
LEY 5859 Art. 4 Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes. Art. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”.
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Conforme Ley 2340 subsiguientes y concordantes se hace saber debida inscripción C.P.I. 6 6 6 9 . Convenios de colaboracion con colegas profesionales internacionales se aplican de conformidad con la legislacion vigente.